Por Tibidabo Events
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9 de octubre de 2020
La finca donde se encuentran los edificios, es el resultado de la división parcelaria que se efectuó en la hacienda Tibidabo en 1891. Se trataba de un terreno de propiedad de Hermenegildo de Torrescasana i de Rialp, quien, por razones económicas, decidió solicitar la división parcelaria del mismo y efectuar un establecimiento en enfiteusis de cada una de las seis parcelas que resultaronv de la división de la finca. Tal y como certifican las escrituras del establecimiento, los réditos anuales que obtenía Hermenegildo de Torrescasana eran totalmente insuficientes – 60 pesetas anuales – por una tierra boscosa y yerma. Torrescasana era consciente de que sus tierras presentaban limitaciones, debido a la falta de agua y, en consecuencia, sabía que le podían aportar una baja rentabilidad. A Agustí Mas le cedió en enfiteusis la parcela inscrita con la letra D, de 7.857,50 m de extensión, según un levantamiento que había efectuado el maestro de obras. En los contratos del establecimiento se menciona específicamente la obligación firme del comprador de invertir 2.000 pesetas en el plazo de un año. Según Torrescasana la finalidad del establecimiento estaba muy clara, en otras palabras se trataba de: procurar la construcción de casas o torres de recreo, si bien conoce que aquella finca y parte de la referida montaña tiene el gravísimo inconveniente de no conocerse ningún manantial de agua, ni ser fácil encontrarla abriendo pozo; máxime encontrándose aquella finca en parte tan elevada de la indicada montaña.